El juicio por jurados por la muerte de José “Pelado” Leiva llegó este viernes a su conclusión en la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) del Poder Judicial de Catamarca. Luego de escuchar los últimos testimonios, los alegatos de las partes y deliberar, los 12 integrantes del jurado popular declararon “no culpable” a Cristian Nieva, quien había llegado al debate acusado por el delito de homicidio simple con dolo eventual.
La causa se originó a partir de un episodio ocurrido en marzo de 2024 en el barrio Cristo Rey, donde Leiva sufrió una agresión física luego de un presunto robo. Permaneció internado y falleció el 9 de abril. Durante el juicio, la Fiscalía sostuvo que Nieva había sido quien le propinó un golpe en el abdomen que provocó una lesión que posteriormente derivó en su muerte. La defensa y el propio acusado rechazaron esa versión y señalaron que Nieva llegó al lugar cuando Leiva ya se encontraba reducido.
El debate estuvo atravesado por testimonios contrapuestos. Un testigo presencial había declarado que vio a Nieva golpear a Leiva y lo reconoció durante la audiencia. Sin embargo, la defensa sostuvo una versión diferente sobre la participación del acusado.
Además, antes del inicio del juicio había sido excluida una declaración que Leiva había realizado mientras estaba internado, debido a que la defensa no había sido notificada oportunamente de ese acto. Esa decisión procesal impidió que dicha declaración fuera incorporada como prueba al debate.
Tras los alegatos de clausura, el jurado pasó a deliberar y finalmente desestimó la acusación sostenida por el Ministerio Público Fiscal y la querella. De esta manera, el proceso concluyó con un veredicto de no culpabilidad para Nieva, estableciendo que no era responsable del delito por el cual había sido llevado a juicio. El debate estuvo dirigido por el juez Mauricio Navarro Foressi, con la intervención de representantes del Ministerio Público Fiscal, la defensa y la querella.
El juicio por jurados por la muerte de José “Pelado” Leiva llegó este viernes a su conclusión en la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) del Poder Judicial de Catamarca. Luego de escuchar los últimos testimonios, los alegatos de las partes y deliberar, los 12 integrantes del jurado popular declararon “no culpable” a Cristian Nieva, quien había llegado al debate acusado por el delito de homicidio simple con dolo eventual.
La causa se originó a partir de un episodio ocurrido en marzo de 2024 en el barrio Cristo Rey, donde Leiva sufrió una agresión física luego de un presunto robo. Permaneció internado y falleció el 9 de abril. Durante el juicio, la Fiscalía sostuvo que Nieva había sido quien le propinó un golpe en el abdomen que provocó una lesión que posteriormente derivó en su muerte. La defensa y el propio acusado rechazaron esa versión y señalaron que Nieva llegó al lugar cuando Leiva ya se encontraba reducido.
El debate estuvo atravesado por testimonios contrapuestos. Un testigo presencial había declarado que vio a Nieva golpear a Leiva y lo reconoció durante la audiencia. Sin embargo, la defensa sostuvo una versión diferente sobre la participación del acusado.
Además, antes del inicio del juicio había sido excluida una declaración que Leiva había realizado mientras estaba internado, debido a que la defensa no había sido notificada oportunamente de ese acto. Esa decisión procesal impidió que dicha declaración fuera incorporada como prueba al debate.
Tras los alegatos de clausura, el jurado pasó a deliberar y finalmente desestimó la acusación sostenida por el Ministerio Público Fiscal y la querella. De esta manera, el proceso concluyó con un veredicto de no culpabilidad para Nieva, estableciendo que no era responsable del delito por el cual había sido llevado a juicio. El debate estuvo dirigido por el juez Mauricio Navarro Foressi, con la intervención de representantes del Ministerio Público Fiscal, la defensa y la querella.