Policiales 14 de septiembre de 2026

La Justicia confirmó parcialmente el desafuero de Javier Galán por presunto peculado.

Boggio
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La Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Exhortos de Catamarca resolvió este lunes confirmar parcialmente el pedido de desafuero del diputado provincial Javier Galán, en el marco de la investigación por el presunto delito de peculado de trabajos o servicios. La decisión fue adoptada por mayoría y ratificó, en este aspecto, lo dispuesto anteriormente por el Juzgado de Control de Garantías de Cuarta Nominación.


El fallo establece que Galán podrá ser sometido a proceso penal por el hecho relacionado con el presunto uso irregular de trabajos o servicios. La investigación apunta a determinar si existió una utilización de personal vinculado a la Cámara de Diputados para tareas ajenas a sus funciones públicas.

En el expediente se analizaron, entre otros elementos, la situación laboral de Iván Luna Avellaneda y su presunta vinculación con tareas desarrolladas en el corralón de San Javier. La querella sostiene que existen elementos suficientes para avanzar con la investigación, mientras que la defensa cuestionó la existencia de pruebas contundentes.


Sin embargo, la Cámara hizo lugar parcialmente al planteo de la defensa y dejó sin efecto el desafuero relacionado con las acusaciones de amenazas calificadas por el uso de armas y exacciones ilegales. De esta manera, la resolución representa un resultado dividido para el legislador: se mantiene la posibilidad de avanzar penalmente respecto del presunto peculado, pero quedan fuera del pedido de desafuero esos otros dos hechos.


La causa había llegado a la Cámara luego de que la defensa apelara la decisión que habilitaba el desafuero. En una audiencia realizada días atrás, los abogados de Galán cuestionaron el avance de la medida y anticiparon que, si el resultado era adverso, recurrirían en casación.

La querella, en cambio, sostuvo que la investigación reunió elementos vinculados con los distintos hechos denunciados y defendió la necesidad de que el proceso continúe.


La resolución conocida este lunes no implica una condena ni determina la culpabilidad de Javier Galán. El desafuero constituye una medida vinculada con la inmunidad parlamentaria y permite que la investigación penal avance respecto del hecho alcanzado por la decisión judicial.

El expediente continuará ahora concentrado, en este punto, en determinar si existió efectivamente el presunto peculado de trabajos o servicios atribuido al legislador.

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